Jueves, 21 de Noviembre del 2024

Con dos meses de atraso, instalan Consejo de la Judicatura de Puebla

Con dos meses de atraso, instalan Consejo de la Judicatura de Puebla
Miércoles, 10 Mayo 2017 01:45
Luis García / @luis_ggarnica

El Poder Judicial del Estado da cumplimiento a la reforma constitucional, en materia de combate a la corrupción. Este consejo se encargará de vigilar el comportamiento de los órganos jurisdiccionales y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes cuando se advierta desviación alguna en el ejercicio de la función de algún servidor público.



Luego de dos meses de retraso, este martes el Poder Judicial del Estado instaló oficialmente el Consejo de la Judicatura de Puebla, mismo que inicio operaciones como parte del Sistema Estatal Anticorrupción.


Mediante un comunicado, el Poder Judicial local informó la puesta en marcha de las operaciones de este órgano que según a los artículos transitorios del Sistema Estatal Anticorrupción, tenía que haber sido instalado desde el 20 de febrero pasado.


Según el documento, con la instalación del Consejo de la Judicatura, el Poder Judicial da cumplimiento a lo establecido en la reforma constitucional en materia de combate a la corrupción, la cual fue aprobada en octubre del año pasado.


El Consejo de la Judicatura será presidido por el presidente del Tribunal Superior de Justicia (TSJ), Roberto Flores Toledano, y estará integrado por los magistrados Héctor Sánchez Sánchez y José Saúl Gutiérrez Villareal.


Los magistrados del Poder Judicial que integran el Consejo de la Judicatura, estarán acompañados por los representantes del Poder Ejecutivo y del Poder Legislativo, Héctor Hernández Sosa y Francisco Eduardo Garduño Gonzalo, respectivamente.


Estos dos últimos formarán parte del consejo consultivo del Consejo de la Judicatura, sin embargo, no tienen derecho a voto y únicamente tendrán voz en la toma de decisiones de este órgano dependiente del Poder Judicial.


El Consejo de la Judicatura se encargará de vigilar el comportamiento de los órganos jurisdiccionales y, en su caso, imponer las sanciones correspondientes, cuando se advierta desviación alguna en el ejercicio de la función de algún servidor público perteneciente al Poder Judicial del Estado