Friday, 22 de November de 2024

Jueves, 15 Septiembre 2016 04:25

200 feminicidios después, el Congreso ataca a fondo la violencia de género

Bajo la presión de emitir una Alerta de Género y luego de más de 200 feminicidios registrados en los últimos tres años, el Congreso local aprobó reformas a diversas leyes y códigos para combatir a fondo la violencia contra la mujer. El paquete de reformas que incluye que los agresores podrán alcanzar hasta ocho años de prisión por violencia intrafamiliar.

  • Luis García / @luis_ggarnica



Tardíamente, luego de más de doscientos feminicidios en los últimos tres años y con presión de la Conavim a fin de emitir una Alerta de Género, el Congreso local aprobó un paquete de reformas legislativas para endurecer las penas por violencia de género y dotar de nuevos instrumentos de protección y garantías para las mujeres. Incluso, quien tenga antecedes en dicha violencia estará impedido para contraer matrimonio.



En el paquete de reformas se establece que una vez iniciada la investigación de oficio por el delito de violencia familiar, el agresor podría alcanzar una pena de hasta ocho años de prisión; la persona que incurra en este delito deberá reparar los daños y perjuicios; en caso de existir un antecedente de violencia de género, éste se considera impedimento para contraer matrimonio y queda anulada la mediación en los casos de violencia de género.



Entre los nuevos instrumentos se cuentan las órdenes de protección para las víctimas y restricción a acercarse a las parejas violentas.



La aprobación del legislativo pretende poner fin al vacío legal para la defensa de la mujer, que en los últimos tres años ha dejado más de doscientos feminicidios, entre los que destacan los casos de Paulina Camargo, Karla López Albert, Judith Coátl, Olga Nayeli Sosa Romero, Samaí Alejandra Márquez, Iraís Ortega, Mireya Pérez y Gudelia N., entre otros ampliamente documentados por CAMBIO.



LEER: Tras Karla, Iraís, Paulina y Samai, otro feminicidio de embarazada: Lili Marlén



Por unanimidad los legisladores locales adecuaron la Ley para el Acceso de las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley del Centro Estatal de Mediación y a los Códigos Civil, Penal y de Procedimientos Civiles, a fin de atender las recomendaciones emitidas por la Conavimante el incremento de feminicidios y la creciente ola de violencia de género en Puebla.



Estas reformas aprobadas entrarán en vigor a partir del día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial del Estado.



En el Artículo 497 del Código Civil ahora está establecido que el padre deberá hacerse cargo de los gastos por atención médica y hospitalaria durante la etapa de embarazo y el parto en la pensión alimenticia; también se adicionó la fracción IV en el artículo 291, el cual señala que a partir de ahora los miembros que incurran en violencia intrafamiliar deberán reparar los daños y perjuicios que se ocasionen a los agraviados, sean víctimas directas o indirectas.



Además este mismo Código ya establece que en caso de existir algún antecedente de violencia de género, éste será considerado un impedimento para contraer matrimonio.



En tanto, la reforma al artículo 288 bis de este mismo código señala que en caso que el padre no pueda comprobar su salario o ingresos, un Juez de lo Familiar resolverá con base en la capacidad económica y nivel de vida que el deudor y sus dependientes hayan sostenido en los últimos dos años.



LEER: Impune, feminicidio de Karla López Albert al cumplir un año



Violencia intrafamiliar igual a ocho años de prisión



Una vez iniciada la investigación de oficio como ahora se ha establecido, el agresor no podrá obtener el perdón de la víctima y en caso que un Juez de lo Familiar lo dicte, el infractor podría hacerse acreedor a la sanción carcelaria hasta por ocho años.



A partir de ahora, el delito de violencia intrafamiliar será castigado con una pena que va de los dos hasta los ocho años de prisión una vez que la investigación por este tipo de crimen era castigado con uno o hasta seis años de privación de la libertad.



LEER: Paulina Camargo, el feminicidio #164



Violencia de género ya no podrá resolverse mediante mediación



Por otro lado, el Artículo cuarto Ley del Centro Estatal de Mediación fue modificado para que a partir de que entren en vigencia estas reformas, esta instancia quede inhabilitada a fin de resolver los casos en los que exista la violencia de género.



La Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres (Conavim) hizo entrega al gobierno de Rafael Moreno Valle un Protocolo para la Aplicación de las Órdenes de Protección para las Mujeres Víctimas de Violencia, el cual consta de 11 recomendaciones, a fin de evitar que la Secretaría de Gobernación emita la alerta de género para la entidad.